miércoles, 24 de noviembre de 2010

LAS CALLECITAS DE BUENOS AIRES TIENEN ESE QUÉ SE YO, ¿VISTE?

Salís de tu casa, por Callao, cuando de repente, y al llegar a Corrientes, aparece un piquete encargado de joderte la existencia.

¡A ver!; voy a intentar cambiar porque se me está pegando la letra de Balada para un Loco del inolvidable Piazzola, y si algo detesto es el plagio y a los plagieros.

Pero sí; se ha convertido en la esquina por excelencia, a solo unas cuadras del lugar donde virtualmente se encuentra instalado el mojón que señala el Kilómetro 0, cero y a partir del que ya tanto para un lado como para los otros, se cuenta la distancia que nos separa de cualquiera otro punto del país, y ojo que arrancando p’a la derecha, se mete en el nauseabundo Riachuelo, se mete.

¡Y le digo que el punto de concentración o estadía, está bien elegido!

Demasiado grande es la historia que atesoran estas dos importantes avenidas de la Ciudad como para haber dejado “pasar” el lugar donde se juntan.

Le digo más; últimamente también se le está utilizando como lugar de “acampe”… y el acampe, incluye “morfi”, juego de fútbol, siesta, torneos de truco, cumplimiento de necesidades básicas y “apoliyo nocturno” a la luz de la Luna, porque los comerciantes prefieren bajar las persianas y apagar las luces de sus marquesinas…

¡todo un despropósito!

si tenemos en cuenta que por ahora, el único sentimiento que les inspira a quienes hacen de esta “su esquina preferida”, es joderle la vida al prójimo.

Por ahí escuché decir que la Confitería El Molino estaba a punto de reabrir sus puertas;

¿se acuerda de la Confitería El Molino?;

toda una paquetería, ¿verdad?, ahí donde justamente se encuentra el mojón virtual del que le hablaba.

A mí no me cierra la idea, o para mejor decir, “no me abre”.

Los legisladores no resistirían la tentación de cruzarse a cada rata a apurar un tecito con masas finas; los que a diario se rejuntan en el lugar para pedir algo, aún a sabiendas que no les darán bola, a los que se agregarían los de Calla y Corrientes, solamente para “darse el gusto” de utilizar los “sanitarios”, convertirían el lugar en un verdadero “enchastre”; enchastre por donde se lo mire, ya del lado de los legisladores como de los manifestantes, piqueteros, y adictos al camping ciudadano.

¿No le seduce el nombre?...

Camping Ciudadano, ¿qué tal?

En lo personal y a fuerza de ser sincero, a mi me seduce el ver concretada algún día, la idea que los saquen a patadas en el culo.

Ud, ahora me pregunta si me refiero a los legisladores o a los otros.

¡Haga una cosa!; quédese con la respuesta o las respuestas que le hagan sentir menos “pior”.

Ricardo Jorge Pareja

sábado, 20 de noviembre de 2010

LA CORRUPCION: UN PROBLEMA ENDEMICO DE LA ARGENTINA

La Argentina a lo largo de toda la historia se ha visto asolada por casos de corrupción, que han puesto al desnudo los oscuros negocios de la política local.

Por qué la Argentina ha sido siempre un país que ha sido cultivo de grandes actos deshonestos, y por qué la corrupción incide en el deterioro de la economía argentina.

Video Parte 1
http://www.youtube.com/watch?v=air-IkhwfX8

Video Parte 2
http://www.youtube.com/watch?v=vaWXlhCinIk

Video Parte 3
http://www.youtube.com/watch?v=48kduYO4Qxk


Video Parte 4
http://www.youtube.com/watch?v=Cr_wujQIj54

Video Parte 5
http://www.youtube.com/watch?v=A0SxX4E9udc

Video Parte 6
http://www.youtube.com/watch?v=n2p9jQ7WDMw


jueves, 18 de noviembre de 2010

ARGENTINA 2011: FUTURO INMEDIATO Y MEDIATO

LA SOCIEDAD DEBE IMPEDIR QUE LOS “DEDÓCRATAS - OKUPAS” QUE USURPARON CARGOS ELECTIVOS NACIONALES EN EL III MILENIO, SE PRESENTEN COMO CANDIDATOS; COMENZANDO POR CRISTINA KIRCHNER Y JULIO COBOS.

-DEBEN SER PROCESADOS Y PENADOS POR EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN-
-Futura primera prioridad: Restablecer la CN de 1853/60, con las reformas de 1866, 1898 y 1957, o el país continuará su “ERA DE “DEGENERACIÓN INSTITUCIONAL Y SOCIAL”-

“Okupa y sus derivados procede de la palabra ocupación.”

“La diferencia entre ocupar y okupar, reside en el carácter político de esta última acción.” “Okupa, puede designar también el lugar okupado.”
(Wikipedia)

Es irrefutable que aquellos ciudadanos que han perpetrado delito para asumir y ejercer cargos públicos electivos nacionales, puedan continuar en esos u otros cargos ad aeternum, al arbitrio de ampararse en los respectivos fueros; una prerrogativa de que gozan, a fin de desempeñar cabalmente con honorables funciones públicas.

“Delito” y “honorabilidad” se repugnan entre sí, y, como dijera Lucio Anneo Séneca, «El mal no puede triunfar sobre el bien, porque los elementos contradictorios no se tocan.»; por lo que, si quien ha “cometido delito” es un delincuente, y delito es “Culpa, quebrantamiento de la ley”, es inadmisible que, quienes integran el Poder Ejecutivo nacional y el Poder Legislativo de la Nación, que es “Aquel en que reside la potestad de hacer y reformar las leyes”, estén en manos de violadores de la ley, de transgresores de la ley.

¿Y si se viola la ley por ignorancia o desconocimiento?

Esos funcionarios públicos electivos nacionales están obligados a saber a la perfección los principios jurídicos:

«La ley es el contrato de todos», y «La ignorancia no es excusable en la función de juzgar».

¿Y los institutos y organismos de control republicano? También tendrán que rendir cuentas.

¿Cómo se pudo llegar a este extremo “Estado de abandono de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”?

Se pudo llegar porque se abandonó la CN de 1853/60 -con las reformas de 1866, 1898 y 1957-, por ese “engendro” de CN de 1994, constitucionalmente nula por razones múltiples; de allí que, si la Patria Argentina NO quiere desaparecer, debe ser restablecida de inmediato.

Esa primera prioridad procede, dado que la reforma constitucional de 1994, pergeñada por los nefastos Raúl Ricardo Alfonsín y Carlos Saúl Menem, se debió a la imperiosa obligación de cumplimentar pendientes compromisos políticos adquiridos con el mismo patrocinador extranjero: la creación de un Centro Financiero Internacional análogo al del Hong Kong asiático ¿casualidad, “Ciudad Autónoma” de Buenos Aires?; la eliminación de la condición de «pertenecer a la comunión Católica Apostólica Romana» «para ser elegido presidente o vicepresidente de la Nación», con más la incorporación en el texto constitucional, de una numerosidad de Convenios Internacionales francamente desbaratadores de la soberanía y del ordenamiento jurídico argentino.

V. gr., del Código Penal: ¿Qué condenado cumple el tiempo penado por un Juez? ¿De qué sirve la graduación vernácula de la pena?

Y se debe “restablecer la CN de 1853/60 -con las reformas de 1866, 1898 y 1957-”, porque no se la “reformó”, en rigor se la “cambió” por ese “engendro” (como fue debidamente caracterizada) de CN de 1994, por un Congreso Nacional de legisladores que delinquieron para aprobar el “proyecto de ley” que se presentó para su consideración, que recibió sanción definitiva el 29-diciembre-1993 como Ley, y que fue “Registrada bajo el nº 24.309”, violando bastarda, descarada, vil e irresponsablemente el art. 30 de la PRIMERA PARTE - CAPÍTULO ÚNICO - Declaraciones, derechos y garantías, que mantiene su plena vigencia. Se la transcribe:

«Artículo 30 - La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de las dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.»

Separando responsabilidades:

1º. Congreso Nacional: debe “declarar” la “necesidad de reformar la CN”, lo que hace por vía de una ley ad hoc (en este caso, fue la Ley nº 24.309); obviamente, especificando las cuestiones que considera deben ser reformadas con sus respectivos fundamentos.

2º. Convención Nacional Constituyente: debe “efectuar la reforma” de la CN; es decir, considerar las cuestiones propuestas por el Congreso Nacional, a las que puede aprobar, o NO. Si lo entiende apropiado, puede reformar cuestiones distintas de las propuestas.

En todos los casos, el texto de la cuestión reformada, es atribución exclusiva y excluyente de Convención; en modo alguno del Congreso.

¿Qué había doctrinado el Doctor Juan Bautista Alberdi respecto de lo que es una reforma constitucional?

-«El mejor medio de afianzar el respeto de la Constitución es evitar en todo lo posible sus reformas. Ellas pueden ser necesarias a veces; pero constituyen siempre una crisis pública más o menos grave.

Ello son lo que las amputaciones al cuerpo humano: necesarias a veces, pero terribles siempre. Deben evitarse todo lo posible, o retardarse lo más.

La verdadera sanción de las leyes reside en su duración. Remediemos sus defectos, no por abrogación, sino por la interpretación.»

PACTO DE OLIVOS

Pues bien: la problemática de implementar la reforma constitucional para el año 1994, implicó exteriorizar patentemente la moral de quienes intervinieron en la redacción del denominado “Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones a la Constitución Nacional” (que se tratará infra), a posteriori del 14-noviembre-1993 en que firmaron de apuro cual diarreicos Raúl Ricardo Alfonsín y Carlos Saúl Menem, el subrepticio, sorpresivo e ignoto “Manifiesto”, que la sabiduría popular denominó “Pacto de Olivos”, por el lugar donde se animaron a darlo a conocer.

Quien tiene miedo, es porque los demás tienen razón.

Una primera opinión sobre tal hecho, lo dio el matutino LA NACION en su editorial del domingo 14-noviembre-1993 que tituló

¿PUEDEN MENTIR LOS PRESIDENTES?

«El Presidente de la Nación, el doctor Raúl Alfonsín y un grupo reducido de personalidades políticas tuvieron una reunión secreta sobre la reforma de la Constitución, que, descubierta por la prensa e inicialmente negada por sus actores -y con particular vehemencia por el doctor Menem-, debió ser finalmente reconocida ante la fuerza de las evidencias.»

De los seis (6) párrafos, el último:

«La honestidad en el decir y en el obrar son el sustrato básico de la confianza mutua que es indispensable entre la comunidad y sus dirigentes, aun los que hayan llegado a los más altos honores posibles en la carrera política.

Si se espera que los pactos puedan movilizar nada menos que la reforma de la Constitución Nacional, no haría bien en caer en la ingenuidad de pensar que pueden actuar a su entero arbitrio ocultando la realidad.»

Síntesis, brutal: Los cargos públicos electivos, no son para bastardos ni para pusilánimes.

El texto del aciago “Pacto de Olivos”, el único periódico que lo publicó completo (según consulta ad hoc del dicente) fue el matutino AMBITO FINANCIERO, del lunes 15-noviembre-1993, pp. 4 y 8. Se transcribirán sus cuatro (4) párrafos.

- «En el día de la fecha se reunieron el señor presidente de la Nación y presidente titular del Partido Justicialista, doctor Carlos Saúl Menem y el señor presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, doctor Raúl Ricardo Alfonsín, con la finalidad de examinar temas relativos a la reforma de nuestra Constitución Nacional.

Tuvieron en cuenta el espíritu de la búsqueda de coincidencias que animó a la reunión que celebraron con similar finalidad, el 6 de setiembre de 1988.
Coincidieron en impulsar un proyecto de reforma constitucional sin introducir modificación alguna a las declaraciones, derechos y garantías de la primera parte de la Constitución Nacional, que:


- se enuncian 4 Items: el 1º con 9 asuntos y el 2º con 3 asuntos.

Las disposiciones a reformar, en función de los acuerdos que se vayan alcanzando y a las propuestas que se reciban de otros partidos o sectores políticos o sociales, una vez que sean aprobadas por los órganos partidarios pertinentes, constituirán una base de coincidencias definitivas algunas y sujetas otras -en cuanto a su diseño constitucional- a controversia electoral.

Los temas incluidos en dicha base de coincidencias quedarán acordados para su habilitación al momento en que el Honorable Congreso de la Nación declare la necesidad de reforma.

Asimismo, se establecerán los procedimientos que permitan garantizar el debido respeto para esos acuerdos. Olivos, 14 de noviembre de 1993.»
«Por la importancia y trascendencia históricas de esta envenenada “piedra fundamental” del finamiento de la República democrática, se indicarán los “funcionarios públicos” que -según la crónica periodística-, presenciaron su suscripción: Raúl Eduardo Baglini; Eduardo Bauzá; Antonio Berhongaray; Oscar Castillo; Carlos Vladimiro Corach; Eduardo Alberto Duhalde; José Genoud; Horacio Massaccesi; Jorge Rubén Matzkin; Eduardo Menem; Pedro Eustacio Molina; Carlos Federico Ruckauf.» (“El -Omega- de Menem”; Tomo I Parte II A; 1996; presentada en denuncia ante el Procurador General de la Nación)


En el editorial cabeza del miércoles 17-noviembre-1993, el matutino LA NACION en su editorial cabeza “CON EL CONSENSO DE DOS”, manifestó:

- “Menem y Alfonsín han resuelto que la Constitución debe ser reformada y en qué forma. UN CONSENSO ENTRE DOS PERSONAS no parece suficiente para poner en discusión el armazón jurídico que define las relaciones entre los ciudadanos y el Estado, garantizar la convivencia en democracia y conferir confiabilidad a las instituciones de la República.”

¿Quiénes fueron los letrados que redactaron el subrepticio, sorpresivo e ignoto “Pacto de Olivos” Alfonsin-Menem? Porque, con seguridad, no fueron ni Raúl Ricardo Alfonsín ni Carlos Saúl Menem. El dicente no pudo adquirir información al respecto.

ACUERDO DE COINCIDENCIAS SOBRE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS
A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL


¿Las “disposiciones a reformar” que posteriormente habrían de constituir las “bases de coincidencias”: quiénes las redactaron?

No obstante los esfuerzos realizados, no se pudo conseguir una fuente de consulta seria y responsable que aportara la composición de los “equipos de trabajo” -negociadores políticos + asesores jurídicos- por partido político, cuya primera reunión plenaria se realizó el 24-noviembre-1993. La consulta cruzada de distintos medios periodísticos, permitió ilustrar respecto de quiénes fueron relacionados con el PJ o la UCR. Se individuaron al respecto:
- Partido Justicialista:


Augusto José María Alasino; Carlos Vladimiro Corach; Alberto García Lema; Carlos Arturo Juárez; Juan Carlos Maqueda; Jorge Rubén Matzkin; Alberto Daniel Piotti; Hugo Rodríguez Sañudo; Jorge Raúl Yoma.

- Unión Cívica Radical:

Negociadores: Raúl Eduardo Baglini; Antonio Berhongaray; Raúl Genoud; José Gil; Ricardo Rodolfo Gil Lavedra; Arnoldo Klainer; Enrique Paixao.
Asesores jurídicos: Antonio María Hernández; Jorge De la Rúa; Humberto Quiroga Lavie; Germán Bidart Campos; Daniel Sabsay.


«Adquiere sentido entonces el porqué de su inmediata continuidad con la palaciega firma el lunes 13-diciembre-1993, entre Carlos Saúl Menem y Raúl Ricardo Alfonsín en la mesa oval del Salón Sur de la Presidencia de la Nación, en un acto que duró menos de cuatro minutos, de las 17 carillas del “ACUERDO DE COINCIDENCIAS SOBRE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”; cuyo texto -sin adición ni corrección de índole alguna- debía constituir el “proyecto de ley” -de declaración de la necesidad de reforma de la CN de 1853/60- a ser considerado y sancionado por el Congreso antes del 31-diciembre-1993. Había pasado un mes, sólo un mes, desde la firma del aciago Pacto de Olivos.
Sintomático, el recibimiento que le dispensó Carlos Menem en la puerta de su despacho en la Casa Rosada: “Yo te agradezco mucho lo que has hecho, Raúl”


La importancia del acto y la vergüenza subconsciente de los recónditos fundamentos del letal ACUERDO DE COINCIDENCIAS, se evidenciaron en dos palpables hechos: a) el lapso en que se desarrolló el mismo: menos de cuatro minutos; y b) el obligado asentimiento de la claque que, recién atinó a palmear sus manos por adarmes, ante la expresa indicación de hacerlo por parte de Raúl Alfonsín, disimulada en la expresión: “Bien, me parece que esto merece un aplauso, ¿no?”» (transcripto del libro ya indicado).
Es conocido el principio jurídico:


«Confessio est regina probationum»;

«La confesión es la reina de las pruebas.»

Ahora, había que resolver un problema insoluble.

Había que hacer conocer a la sociedad el documento firmado “come i ladri” por Alfonsín-Menem, de forma de solapar la antijuridicidad de la Constitución Nacional a ser sancionada en 1994, en base al Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones propuestas a la Constitución Nacional” firmado ese 13-diciembre-1993.

Los tres (3) párrafos introductorios van anunciando en forma supuestamente solapada el corpus delicti, que se muestra plena, descarada y delictivamente en los Apartados A, B, C, y D del Capítulo III del mismo.

Se transcribe lo pertinente a los fines de esta examinación.

«ACUERDO DE COINCIDENCIAS SOBRE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”

«El presidente de la Nación y presidente titular del Partido Justicialista doctor Carlos Saúl Menem, y el presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, doctor Raúl Ricardo Alfonsín, renuevan su intención de ambas fuerzas políticas de impulsar una REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL que, sin introducir modificación alguna en las declaraciones, derechos y garantías de su primera parte, permita alcanzar los objetivos de modernización institucional expuestos en la reunión del pasado 14 de noviembre.

Han tenido especialmente en cuenta para ello las opiniones favorables de los respectivos órganos partidarios, como también los trabajos realizados por las comisiones técnicas de ambos partidos dentro de un amplio espíritu de entendimiento y colaboración.

Consideran que han sido delimitados, por una parte, un NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS comprensivo de las DISPOSICIONES A MODIFICAR y del sentido que tendrán esas reformas y, por la otra parte, una serie de temas sujetos -en cuanto a su diseño constitucional- a la controversia electoral y a las propuestas que hagan a su respecto las distintas fuerzas políticas. Ambos conjuntos, que se describen a continuación, serán incluidos en la declaración de necesidad de la reforma de la Constitución Nacional.

I. NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS

- Apartados A hasta LL.

II. TEMAS QUE DEBERÁN SER HABILITADOS POR EL CONGRESO NACIONAL
PARA SU DEBATE POR LA CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE
- Apartados A hasta Ñ.


III. MECANISMOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS PARA GARANTIZAR LA CONCRECIÓN DE LOS ACUERDOS

A. La declaración de necesidad de reforma constitucional indicará en un artículo o en un anexo, la totalidad de las reformas incluidas en el NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS que deberán ser consideradas de una sola vez, entendiéndose que la votación afirmativa ha de decidir la incorporación constitucional de la totalidad de los preceptos propuestos, en tanto que la negativa ha de importar el rechazo en su conjunto de dichas reformas y la subsistencia de los textos constitucionales vigentes.

B. La Convención Constituyente se reunirá con el único objeto de introducir las reformas al texto constitucional incluidas en el NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS y para considerar los temas que deberán ser habilitados por el Congreso Nacional para su debate conforme ha quedado establecido en el presente acuerdo.

C. La declaración de necesidad de reforma establecerá la nulidad absoluta de todas las modificaciones, derogaciones y agregados que realice la Convención Constituyente apartándose de los términos del presente acuerdo.

D. Ambos partidos adoptarán los recaudos internos tendientes a asegurar el cumplimiento de estos acuerdos por sus respectivos convencionales constituyentes. Buenos Aires, 13 de diciembre de 1993»

¿Qué decía el último párrafo del subrepticio, sorpresivo e ignoto Pacto de Olivos firmado por Alfonsín-Menem el 14-noviembre-1993?

«Las disposiciones a reformar, en función de los acuerdos que se vayan alcanzando y a las propuestas que se reciban de otros partidos o sectores políticos o sociales, una vez que sean aprobadas por los órganos partidarios pertinentes, constituirán una base de coincidencias definitivas1 algunas y sujetas2 otras -en cuanto a su diseño constitucional- a controversia electoral. Los temas incluidos en dicha base de coincidencias quedarán acordados para su habilitación al momento en que el Honorable Congreso de la Nación declare la necesidad de reforma.

Asimismo, se establecerán los procedimientos que permitan garantizar el debido respeto para esos acuerdos.»

1 Núcleo de coincidencias básicas; 2 Temas que deberán ser habilitados… (superíndices del dicente)

Puede comprobarse así, una correspondencia biunívoca entre lo establecido en el Capítulo III del “Acuerdo de Coincidencias” del 13-diciembre-1993 y el último párrafo del Pacto de Olivos del 14-noviembre-1993, y, si se tiene en cuenta el segundo párrafo de dicho Pacto:

«Tuvieron en cuenta el espíritu de la búsqueda de coincidencias que animó a la reunión que celebraron con similar finalidad, el 6 de setiembre de 1988.», surge evidente que Carlos Saúl Menem, desde ese 6-septiembre-1988, sabía a la perfección que sería él, -SÍ o SÍ-, el “Presidente de la Nación” que sucedería a Raúl Ricardo Alfonsín meses antes del 10-diciembre-1993.

Obviamente, la moderna versión del “Tigre de Los Llanos”, el “Cuis de Anillaco”, debió haber impuesto entre otras cuestiones, la absoluta seguridad de ser reelegido sin solución de continuidad, posibilidad que debía estar incluida, forzosamente, en la “Reforma de la Constitución Nacional de 1853/60” a ser realizada.

Ese 6-septiembre-1988, el calamitoso tándem Alfonsín-Menem decidió quién habría de ejercer la Presidencia de la Nación en la Argentina entre 1989 y 1999, de modificarse el período presidencial de 6 años a 4 años. Con perdón de la expresión: una ‘h.ja de p.tez’ non plus ultra.

¿Y el pueblo argentino? ¡Ese imbécil, que siga creyendo que es él quien elige!

Se entienden entonces, el porqué de los inicios de la “hiperinflación” en octubre-1988, las tramoyas financieras con divisas durante meses con ganancias descomunales de los bancos, casas de cambio y cuevas; el infame verso peronista de la “Revolución Productiva”, la anticipada elección presidencial y gubernamental del 14-mayo-1989; la hipócrita y lacrimógena “resignación” (no “renuncia”) televisiva el 12-junio-1989 del preambulero y ‘fugador’ charlatán de sobremesa de Raúl Ricardo Alfonsín; la delictiva asunción el sábado 8-julio-1989 de Carlos Saúl Menem y de Eduardo Alberto Duhalde por vía de concesión de “Facultad extraordinaria” por el Congreso de la Nación; la inmediata enajenación a precio vil del patrimonio nacional, la inagotable comisión de otras transgresiones, y el cese inmediato de la “hiperinflación” una vez accedido al cargo con peinado ‘fashion’, post opinión que le diera el doctor Arturo Frondizi entre otros consejos, que le solicitara en cautelosas reuniones mantenidas en el domicilio particular del ex presidente.

Ese «Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones propuestas a la Constitución Nacional” fue enviado al Congreso por vía de la Cámara de Diputados de la Nación, de cara a la consideración y sanción “sin cambiar ni una coma” siquiera en el proyecto de ley de “Declaración de la Necesidad de Reforma de la Constitución Nacional”.

Así fue como, en la 32ª Reunión - 6ª Sesión Ordinaria de Prórroga (Especial) del 20/21-diciembre-1993, la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, presentó para consideración en el recinto el Dictamen del 17-diciembre-1993 de los diputados Jorge Rubén Matzkin (PJ) y Raúl Galván (UCR) , del “Proyecto de ley” de «Declaración de la necesidad de reforma de la Constitución Nacional» que, por las razones expuestas y las que daría el miembro informante, aconsejaba su sanción.

- aprobaron: Hugo B. Rodríguez Sañudo; Raúl A. Alvarez Echagüe; César Arias; Susana Ayala; Alberto E. Balestrini; Nicolás E. Becerra; Antonio Tomás Berhongaray; Carlos E. Branda; Patricia Bullrich; Raúl A. Galván; Juan O. Gauna; Tomás W. González Cabañas; Antonio M. Hernández; Juan Carlos Maqueda; Javier R. Menenghini; Carlos O. Menem; Gastón Mercado Luna; Leopoldo R. G. Moreau; Alberto D. Piotti; Carlos F. Soria; Néstor A. Varela. (21)

- en disidencia parcial: Francisco de Durañona y Vedia.

- en disidencia total: Angel M. D’Ambrossio; Sergio A. Montiel.

De los ocho (8) párrafos del “Informe” del diputado Hugo Rodríguez Sañudo, se transcribirá sólo el séptimo (7º) párrafo:

- “El acuerdo político al que han arribado los dos grandes partidos de nuestro país, compartido por otras fuerzas políticas, son el reflejo más elocuente del consenso tantas veces reclamado, presupuesto necesario del procedimiento establecido en el artículo 30 de la Constitución Nacional.”

El “proyecto de ley” de ““Declaración de la Necesidad de Reforma de la Constitución Nacional” sancionado por la Cámara de Diputados con una prórroga por lo extenso del debate, recibió su sanción alrededor de las 05:30 hs. del 22-diciembre-1993 “sin modificación alguna” del “proyecto de ley” presentado el 20-diciembre-1993 por los diputados Matzkin y Galván.
Pasado de inmediato «en revisión» al Senado, éste lo presentó en la 68ª Reunión - 27ª Sesión Ordinaria (Especial) del 28/29-Diciembre-1993.
Del ‘sagrado’“NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS”, eliminó del Apartado D: el inciso a), que fijaba un mandato senatorial de 4 años); y el punto 2. del inciso c), que disponía elegir directamente a un (1) senador por vez, hasta completar los tres (3).


Adviniendo las 01:02 hs. del miércoles 29-diciembre-1993, el Senado dio sanción definitiva al “proyecto de ley”, registrándolo como Ley bajo el nº 24.309 (12 pp.)

Promulgada por Decreto 2700 (MENEM - Carlos Federico Ruckauf) del 29-diciembre-1993, fue publicada en el Boletín Oficial de la R.A. nº 27.398 del viernes 31-diciembre-1993.

ANTICONSTITUCIONAL LEY Nº 24.309 DE “DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE REFORMA”.

Se transcribirá la información trascendental para este estudio.

«Artículo 1º - Declárase necesaria la reforma parcial de la Constitución Nacional de 1853 con las reformas de 1860, 1866, 1898 y 1957.

Artículo 2º - La Convención Constituyente podrá:

- Incisos a); b) y c) y d).

La finalidad, el sentido y el alcance de la reforma que habilita este artículo 2 se expresa en el contenido del NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS que a continuación se detalla:

NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS

Nota bene.: Aquí, procede reiterar lo desarrollado para el Capítulo I del «ACUERDO DE COINCIDENCIAS SOBRE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS, del 13-diciembre-1993.

Artículo 3 - Se habilitan también para su debate y resolución en la Convención Constituyente los puntos que se explicitan y los artículos que se discriminan a continuación:

Artículo 4º - La Convención Constituyente se reunirá con el único objeto de considerar las reformas al texto constitucional incluidas en el NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS y los temas que también son habilitados por el Congreso Nacional para su debate, conforme queda establecido en los artículos 2º y 3º de la presente ley de declaración.

Artículo 5º - La Convención podrá tratar en sesiones diferentes el contenido de la reforma, pero los temas indicados en el artículo 2º de esta ley de declaración deberán ser votados conjuntamente, entendiéndose que la votación afirmativa importará la incorporación constitucional de la totalidad de los mismos, en tanto que la (votación) negativa importará el rechazo en su conjunto de dichas normas y la subsistencia de los textos constitucionales vigentes.»

Artículo 6º - Serán nulas de nulidad absoluta todas las modificaciones, derogaciones y agregados que realice la Convención Constituyente apartándose de la competencia establecida en los artículos 2º y 3º de la presente ley de declaración.

- Artículos 7º a 17 (de forma).

IGNORANCIA DE LA PRIMIGENIA CONSTITUCIÓN ARGENTINA

Un error que no es admisible, es que la Ley 24.309 expresa en el:

«Artículo 1º - Declárase necesaria la reforma parcial de la Constitución Nacional de 1853 con las reformas de 1860, 1898 y 1957.»;
habida cuenta que, lo que sancionó el Congreso General Constituyente el 1-mayo-1853 en la Ciudad de Santa Fe, fue la “Constitución de la Confederación Argentina”.


Ese Congreso General Constituyente estuvo compuesto por veintitrés (23) Diputados de trece (13) provincias, dado que el Mitrismo de la provincia de Buenos Aires no aceptó enviar los suyos.

NULA DE NULIDAD INSANABLE DE LA LEY Nº 24.309

Constitución Nacional de 1853/60: en la PRIMERA PARTE, CAPÍTULO ÚNICO (en la CN de 1994, CAPÍTULO PRIMERO), declaraciones, derechos y garantías, prescribe el:

«Artículo 30 - La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de las dos terceras partes, al menos, de sus miembros; PERO NO SE EFECTUARÁ SINO POR UNA CONVENCIÓN CONVOCADA AL EFECTO.»

Es asombroso: siendo que una Convención Nacional Constituyente es quien tiene el poder máximo en una Nación, tan es así que es la única que puede reformar en el todo o en parte a la mismísima Constitución Nacional, un Congreso que sólo tiene al respecto entidad para sancionar una ley “declarando la necesidad de su reforma”, en la desconceptuada Argentina Alfonso-Menemista, se otorgó potestad para ordenarle qué debía hacer y cómo lo debía hacer.

No hace falta ser letrado, para comprobar que los artículos 5º y 6º de la Ley 24.309 son burda, franca, delictivos y hasta pornográficamente anticonstitucionales, y el cuerpo de disposiciones que integran el denominado “NÚCLEO DE COINCIDENCIAS BÁSICAS”, la traición más infame a las raíces de nuestra Patria.

CONSTITUCIÓN NACIONAL SANCIONADA EL 22-AGOSTO-1994
LEY Nº 20.309, DECLARATIVA DE LA NECESIDAD DE REFORMA.
ALGUNAS FECHAS EMBLEMÁTICAS


14-noviembre-1993 Pacto de Olivos Alfonsín-Menem. Firma.

13-diciembre-1993 - Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones a la Constitución Nacional Alfonsín-Menem. Firma.

17-diciembre-1993 Proyecto de Ley de “Declaración de la necesidad de reforma parcial”. Dictamen de Comisión de la Cámara de Diputados.

20/22-diciembre-1993 - Consideración y sanción por la Cámara de Diputados.
28/29-diciembre-1993 - Consideración y sanción definitiva por el Senado. Registrada como Ley bajo el nº 24.309.


29-diciembre-1993 Promulgación por el Poder Ejecutivo nacional. Decreto nº 2.700.
31-diciembre-1993 Publicación en el Boletín Oficial nº 27.798.


14-noviembre-1993 al 29-diciembre-1993. Fechas que representan la prueba más fehaciente de la irresponsabilidad de supuestos dirigentes políticos que para servir lo mismo para un fregado que para un barrido se manifiestan “peronistas”, y los mismos pero más prolijos se manifiestan “radicales”.

Nada menos que un “reemplazo” de la sabia y plus centenaria Constitución Nacional de 1863/60 es lo que se hizo con este “mamarracho”, con este “engendro” de Constitución Nacional sancionada el 22-agosto-1994.

Los resultados están a la vista.

Nació muerta el 14-noviembre-1993 con el Pacto de Olivos.

Ese mismo día, el periodista John Barham del Financial Times de Londres publicó un artículo donde, tomando frases de otro periódico, manifestó que “un pequeño grupo de hombres, cuya única calificación es la de haber sido designados por los dos líderes, han discutido el texto de la futura Constitución de la Argentina como si se tratara de la instancia final del proceso de reforma”.

Fuera de toda duda, procede ser derogada.

NULIDAD CONSTITUCIONAL DE LA CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE DE 1994.

¿Cómo comienza el Preámbulo de la Constitución Nacional?

«Nos, los Representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de Pactos preexistentes, con el objeto de…»

Veamos lo que el “Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos”, firmado el 31-mayo-1852 entre los Gobernadores de Entre Ríos, Catamarca, Buenos Aires, Corrientes, San Luis, San Juan, Tucumán, Mendoza, Santiago del Estero, La Rioja y Santa Fe, estableció en su Resolución:

«5. Siendo todas las provincias iguales en derechos como miembros de la Nación, queda establecido que el Congreso Constituyente se formará con dos diputados por cada provincia.»

Más claro, imposible.

Por lo tanto, excepto la Convención General Constituyente de 1853, todas las demás Convenciones Nacionales Constituyentes -1860; 1866; 1898 y 1957- estuvieron mal representadas, con lo que destruyeron el “Federalismo”. Muy distinta sería la República, si se hubiera observado la igualdad representativa a los fines constituyentes.

LAS PROVINCIAS NO ESTÁN REPRESENTADAS EN EL CONGRESO.

En la SEGUNDA PARTE, SECCIÓN PRIMERA, CAPÍTULO SEGUNDO, Del Senado, la CN de 1994 establece en su:

«Artículo 54 - El Senado se compondrá de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires, elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de voto, y la restante al partido político que le siga en número de votos.

Cada senador tendrá un voto.»

En ningún lugar se dice que los “eligen” las “Legislaturas” de las provincias, por lo que, legal y constitucionalmente, NO las representan.

Al ser una Cámara del Congreso supernumeraria, procede su lisa y llana intermisión.

IRREFUTABLE DELITO ELECTORAL: FALSO “BALLOTTAGE” O “SEGUNDA VUELTA ELECTORAL”

ballottage. Empate. Resultado negativo obtenido en las elecciones cuando ningún candidato ha obtenido la mayoría absoluta. (Dictionnaire Larousse).
El “ballottage”, palabra francesa que significa “empate”, es la alternativa electoral adoptada a nivel mundial para el caso en que la votación de una “fórmula presidencial” no hubiere obtenido la denominada ”mayoría “absoluta”, o sea, “más de la mitad de los votos”, se entiende, válidos.
La razón es muy simple.


Un “Presidente de la Nación” debe, por naturaleza, representar a la “mayoría de su pueblo”.

Cuando ello no ocurre en la votación convocada al efecto, se recurre a una “segunda votación” del pueblo todo, donde intervienen sólo los dos candidatos más votados, quienes hubieron de realizar acuerdos con otros partidos políticos de cara a poder lograr esa “mayoría absoluta”, ahora sí, en una “segunda vuelta electoral”.

Excepto en la República Argentina, donde ese modelo de corrupción y de moral representado por Carlos Saúl Menem, con más el rítmico acompañamiento del fugado preambulero Raúl Ricardo Alfonsín, el servicio de los mejores matemáticos especializados en “Teoría de Muestreo”, con la información política partidaria provista por todos los Servicios de Inteligencia, de las “Manzaneras” en la provincia de Buenos Aires (35 % de los votos), de los “Encargados” de los edificios de propiedad horizontal, de los expendedores de nafta, de los peluqueros, etc. etc., elaboró la pornográfica combinatoria estadística establecida en los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional de 1994, que aseguraba en la “primera vuelta” el triunfo del fabulador riojano.

Una inmoralidad masiva de la dirigencia política y de sus involucrados, que es de inadmisible admisión un día más, si es que los argentinos y las argentinas tienen las gónadas que deben tener los patriotas.

FUERZAS ARMADAS

-Fuerzas de Seguridad, Policiales y Penitenciarias: adaptaciones propias-
Tema que se tratará en una próxima Carta Abierta.


Poseen “Estado Militar”.

Constitucionalmente, deben estar siempre preparadas para la guerra.

Corresponde a los Altos Mandos mantener incólume su capacidad operativa
La respuesta a la invocación “Subordinación y Valor”, de: “Para defender a la Patria”, y a nada más, excede a todo gobierno. No existe argumento invalidante.


“El que acepta la responsabilidad, ha de exigir la autoridad que necesite para defenderla dignamente.” (Teniente General Don JUAN DOMINGO PERÓN)
“Subordinación militar, NO ES sometimiento a nadie ni a nada.”


«Un militar sin “honor” NO ES un militar; sólo está “vestido de militar”, y no es digno de obediencia.»

CONSIDERACIONES FINALES.

Esta Carta Abierta ha tenido una extensión muy superior a lo acostumbrado, habida cuenta la “necesidad” de probar fehaciente y documentalmente al lector, la acción desbaratadora que durante casi 30 años se ha hecho de las instituciones de la República, con más la adrede degradación sistemática de las raíces de nuestra “nacionalidad”, que se traduce en que el argentino por nacimiento o por adopción se vuelva cada día más indolente; que cada día le importe menos el prestigio de la Argentina.

Del “Estado de Disolución”, o sea de “Relajación y rompimiento de los lazos o vínculos existentes entre personas” que se ha verificado durante las retrógradas gestiones de Raúl Ricardo Alfonsín y de Carlos Saúl Menem, se ha pasado al “Estado de Convulsión”, que consiste en la “Agitación violenta de agrupaciones políticas o sociales que trastorna la normalidad de la vida colectiva” al arbitrio de recurrir al civil ¡Vaya demócratas! “Golpe de Estado lumpemproletario-parlamentario” del 19/20-diciembre-2001 contra el presidente constitucional -de la UCRadical- doctor Fernando De la Rúa, por cuanto los autodeclarados ser “peronistas”, todavía no entendieron que el mensaje “PERÓN-Pueblo” era el único válido, y no el de la barahúnda de “parásitos de Perón-Pueblo” que, bajo ningún concepto acepta “balconear” ninguna gestión que pudiere ser exitosa, so peligro de desaparecer.

A partir del 23-diciembre-2001, fue apareciendo una sucesión ininterrumpida de cuatro (4) ‘presidentes de la Nación de facto’. Los dos primeros, Adolfo Rodríguez Saá y Eduardo Alberto Duhalde, no fueron otra cosa más que “Delegados” del Congreso en la Presidencia de la Nación, a los que la totalidad de los medios de comunicación social, sin excepción, en todo momento, lugar y circunstancia, se refirieron con el falso título de “Presidente de la Nación”.

Del fraudulento proceso electoral pergeñado por Eduardo Alberto Duhalde, emergió a partir del 25-mayo-2003 la “Tiranía-K”, una suerte de “auto-cracia constitucional” que configuró una sólida y numerosísima “caco1-cracia institucional, multisectorial e internacional” hasta nuestros días, y que pretende perpetuarse sine die, mientras mantenga el modus vivendi y el modus operandi implementados.

Y mientras lo mantenga, así será. 1Ladrón mitológico.

¿Cómo puede “Juan y Juana Pueblo” transitar los días que le faltan vivir, organizando y/o planificando su futuro, ignorando tamaña “h.ja de p.tez” presidencial y gubernamental?

La sociedad no debe permitir que funcionarios públicos electivos nacionales que, con muy raras excepciones, han desempeñado sus cargos delinquiendo a trochemoche amparados en sus fueros institucionales, pretendan postularse nuevamente por la real y esencial razón de continuar gozando de esos fueros para evitar ser procesados y penados.

¡No se salva nadie!

De allí que, el motivo de esta extensa Carta Abierta haya sido el de probar, en la forma más completa y fehaciente posible, que los argentinos no podemos ni debemos permitir transitar nuestras vidas en un país donde la Constitución Nacional de 1994 es nula de nulidad insanable; que el Poder Ejecutivo nacional y el Poder Legislativo de la Nación están ejercidos por ilegítimos funcionarios públicos electivos -“Dedócratas; Okupas; Truchos”- (peor imposible); que el Poder Judicial de la Nación incumple su constitucional función de “administrar Justicia”, al punto que la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación expide Fallos que no se cumplimentan, que se desafían y, peor aún, los tolera; que la “defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad” son un continente sin contenido; que los institutos y organismos de control republicano son una entelequia; que el país está en “Indefensión Militar” de resultas de la política de sistemático desbaratamiento de sus Fuerzas Armadas, y que las Fuerzas de Seguridad, Policiales y Penitenciarias no cumplen la misión y funciones a las que deben sus existencias.

Las pruebas han sido el trabajo de años. 1º) el “Pacto de Olivos”; 2º) el “Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones a la Constitución Nacional”, que habría sido una subrepticia obra de 21 personas elegidas y designadas por Alfonsín-Menem; 3º) la sanción por el Congreso de la Ley 24.309, que fue compelido a transcribir vis-à-vis el “Acuerdo de Coincidencias…», de cuyas resultas su nulidad insanable; 4º) la Convención Nacional Constituyente, que fue compelida a aprobar vis-à-vis el “Acuerdo de Coincidencias…», con la que elaboró y sancionó la Constitución Nacional el 22-agosto-1994, y razón de su nulidad insanable.

O sea que, el “Acuerdo de Coincidencias sobre las modificaciones a la Constitución Nacional”, redactado subrepticiamente por 21 personas (las podido individuar) elegidas y designadas “por voluntad y elección” de Raúl Ricardo Alfonsín y Carlos Saúl Menem, fueron las prácticas hacedoras de la Constitución Nacional de 1994. Las caracterizaciones de “mamarracho” y de “engendro”, quedaron cautas. No pueden caber dudas respecto de su derogación.

No es posible que dejemos a nuestros hijos y nietos un país vaciado de nacionalidad. Ello ha sido el resultado, con prisa y sin pausa de la acción de subversivos y/o terroristas y/o sus personeros, en cargos del Estado Nacional, provinciales y municipales.

Breviatis breviandi: el emblema del “Gorro frigio” con el lema de “Libertad-Civismo-Dignidad”, entiendo que sintetiza los auténticos valores de aquellos argentinos que tengan sentido de Patria, la que nos permitirá estructurarnos a fin de impedir que esta canalla que nos está gobernando, y que ha usurpado los 331 cargos públicos electivos nacionales, esté impedida de presentarse en condición de candidatos en la próxima elección nacional de 2011.

Para conseguirlo, se tiene también expedito el ejercicio del “Derecho de Resistencia a la opresión” (art. 36 de la CN de 1994), con muchísima mayor razón que la de esgrimió Raúl Ricardo Alfonsín cuando, en marzo-1998, y en relación con la intención de Carlos Saúl Menem de una re-reelección: “…disputar un tercer período significaría un Golpe de Estado, porque al ser la Corte el tribunal máximo de derecho los ciudadanos no tendrían otra instancia a la cual reclamar (sólo podrían apelar a cortes internacionales) y deberían ejercer el derecho de resistencia a la opresión.”

“Diputados y senadores renunciarían a sus bancas, la población se negaría a participar en elecciones convocadas por el Gobierno y a pagar sus impuestos y saldría a las calles a exigir la renuncia del Presidente.”

¿Cuál sería entonces la actuación de las Fuerzas Armadas, de ejercer el pueblo el “derecho de resistencia a la opresión”? Como buen irresponsable e inepto, se cuidó muy bien de callarlo.

El sitio web del suscripto está abierto a todo aquel que desee adherir a la alternativa política patriótica, que está haciendo falta en la Argentina.
Lo actuado por los poderes constitucionales durante estos casi 30 años, pusieron de manifiesto que no existe ninguna posibilidad de ordenamiento nacional por la ortodoxa vía electoral de esta antijurídica, perjudicial y malnacida Constitución Nacional de 1994 que, así como no la han observado ni la han hecho observar fielmente quienes la perjuraron, así lo seguirán haciendo.


Se ha llegado al momento que una vez ejemplificara el Teniente General Don Juan Domingo Perón (acudo a mi memoria): «Hay que aplicar la ‘ley de la nata’».

Ante la sorpresa de la referencia, uno de los presentes manifestó que no conocía a tal autor.

Fue entonces cuando Perón dijo: “No, no es ningún autor, es la nata de la leche. Hay de dejarla hervir en la lechera, y una vez que la nata sobrepasa el borde de la misma, con una espátula se la separa y se la tira.”

Claro que, en nuestro caso, no se debe hervir a ninguna persona. Basta con separarla y procesarla por los delitos perpetrados.

Nada de mártires.
Sólo entonces, la Argentina y los argentinos, nosotros, podremos dejar a nuestros hijos y nietos, un país al que podrán desarrollar al nivel de los más calificados del mundo.


Buenos Aires, 15 de noviembre de 2010.
Ing. Tomás Julián Persichin

LA DAMA DE NEGRO

La dama de negro juega a ser la viuda inconsolable que se refugia en su santa misión de guiar a los argentinos hacia su destino de grandeza.

Con maquillaje de tono discreto que acentúa una palidez inexistente, con falsas ojeras, ahora acorta notablemente sus discursos, evita los gestos que la caracterizan y que tanto irritan.

Inexorablemente su voz se quiebra al nombrar al difunto convertido en santo por obra y gracia de la muerte... y de la estupidez humana.

Así, más cerca de una Morticia digna de un remedo que podría bien titularse "Los Locos Kirchner", trata de mostrarse compungida pero con mano de hierro para ser la conductora de un movimiento político que sin líder puede desaparecer.

La publicidad desenfrenada pagada por el pueblo parece dar sus frutos, no sería de extrañar que empezáramos a ver a los costados de las rutas esas especies de santuarios tipo Gauchito Gil, con banderas montoneras con el agregado de alcancías como para no perder la costumbre kirchnerista.

La dama viste de negro caro, carísimo, este luto extraño que bien podría ser si fuera honesto, una forma de recordar a la democracia que ellos asesinaron.
También yacen en sus tumbas la Justicia y la Verdad.

Sí, la dama debe vestir de negro ante tanta tragedia que desató con su cómplice muerto.

La muerte no redime a quien fuera una mala persona, que bastardeó a Dios y en su último momento pidió por Él en una extremaunción dónde más que arrepentimiento fue temor al castigo eterno.

Ante tal hecho la dama de negro no busca la reconciliación de los argentinos, no se siente tocada por la tragedia, no cambia el rumbo, prosigue abrazada a una causa de odio y de dinero.

En este velatorio ha sido la figura central desplazando al fallecido, el cajón cerrado obliga a mirarla a ella, que con gestos agradece de manera permanente a quienes desfilan ante el ataúd e inclusive a veces se levanta para abrazarse con quienes exgeran el dolor como premio a tal manifestación.

Luego vuelve a su lugar, acaricia constantemente el cajón para no dejar dudas sobre su dolor, a su lado dos inexpresivos seres simulan ser los hijos.

La dama tiene razones para vestir de negro aunque ella no lo sepa, la están velando a ella.

Mientras tanto, nuestra Patria agoniza, si la dejamos morir

¿no seremos como la dama de negro?

sábado, 13 de noviembre de 2010

EN LA CORTE K: LA REINA VICTORIA Y EL PRINCIPE ALBERTO

* Las Presidentes trabajan en una función superior: la paz y prosperidad de su Nación y sus habitantes. Gestionan el Gobierno con sus ministros y armonizan con la oposición en las cuestiones de Estado.

* Las reinas son otra cosa.

A la muerte de su amado Consorte, la Reina Victoria perdió el rumbo y el mando.

Era su esposo Alberto quien se había hecho cargo de la cosa pública.

Hicieron falta unas cuantas cosas -la experiencia de Gladstone, Disraeli, primeros ministros y la voluntad del difícil Parlamento- para generar el poderoso Imperio Británico.

* El Peronismo tiene un no sé qué monárquico impreso por Juan Domingo Perón. El verticalismo -obediencia debida, la Corte, -los favoritos -de Jorge Antonio a López Rega- y sus reinas.

De Eva Duarte a Isabel Martínez de Perón. En el segundo de los casos llegó a Presidente. San parole.

* El luto real tiene términos de protocolo.

El del común es distinto, Duele pero hay que trabajar. Sobre todo si se ejerce la Presidencia. Y en un país convulso, con un militante muerto fresco y otra agonizante, piqueteros soliviantados, sindicalistas arrebatados, empresarios en rebeldía y delincuentes desatados.

El Estado se fue de la calle, de los aeropuertos, de las escuelas, del bolsillo.
* La Presidente partió en un lujoso avión privado hacia Corea.

Eduardo Eurnekián se hizo cargo.

Se detuvo en Los Ángeles.

¿Un encuentro familiar, una cuestión de salud? En la Corte no hay que dar explicaciones.

En la Corte se puede no saludar a quienes nos disgustan, llámese Alberto Fernández o quien fuera.

En la Corte los hijos son Príncipes herederos y ministros los cortesanos favoritos.

En la Corte, los bufones -la farándula, Marcelo Tinelli, Andrea del Boca, Florencia Peña- son festejados.

* Bettini ocupa el cargo desde 2004. Los embajadores no pasan en sus destinos más de cuatro años.

Excepcionalmente llegan a cinco. Bettini es una excepción.

* En su juventud, en los años setenta, fue compañero de estudios en La Plata de los Kirchner y fue su superior inmediato (los tres eran miembros de la Juventud Peronista. Bettini era un soldado montonero con prestigio y jerarquía militante). Bettini, de familia acaudalada y miembro de la módica clase alta platense, introdujo a Cristina en el mundo social del rugby.

* La represión hizo desaparecer a su padre, a su hermano, a su abuela (de 80 años) y a un cuñado. La misma suerte corrieron el ama de llaves y el chofer de los Bettini.

Varias propiedades familiares en el centro de La Plata pasaron de facto a otras manos. Bajo el gobierno de Raúl Alfonsín, Bettini fue indemnizado (la suma fue superior a la que recibió la familia Graiver).

* La familia vivía en el exilio español, en Madrid, donde Bettini se relacionó con Felipe González, el rey Juan Carlos y el ex ministro Carlos Solchaga, consultor de las mayores empresas españolas.

Su hermana Marta se benefició con las relaciones: ha sido secretaria personal de Felipe González en la Moncloa y colaboró con la reina Sofía.

* Bettini, que se hizo ciudadano español en los años ochenta, se convirtió en un importante lobbista de empresas de la península y llegó a ser director de Aerolíneas Argentinas en representación del Estado español.

Para ser embajador argentino en Madrid renunció al pasaporte ibérico.

Es el nexo de oro entre la Corona española y la corona K. Las cortes requieren dinerales, de Carlos V hasta aquí.

* La señora de Kirchner cuenta con la ayuda, el consejo y el hombro de Bettini. Hay versiones que su escala en Los Ángeles posibilitó un encuentro. Será un nuevo ministro sin cartera.

* En Buenos Aires aguardan Florencio Randazzo y Aníbal Fernández -pura escuela bonaerense de Eduardo Duhalde-. Hugo Moyano, la barra montonera de los 70, los intendentes bonaerenses, los gobernadores.

Hay poco glamour en esa tropa para Cristina de Tolosa. Y faltan Disraeli y Gladstone.

* Ella responderá en marzo si desea y puede seguir en su Reino.

Monarcas y civiles tienen la libertad de abdicar, por razones personales o por el bien público.

Los exilios suelen ser dorados.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

EL VERDADERO DOLOR DE LA ARGENTINA

Triste imagen la de una mujer que se hace escoltar por grupos de enajenados, irracionales, para sentirse más fuerte…

Triste continuidad de un Proyecto en donde los prepotentes arrasan impunes.


Después de haber sido testigo involuntaria del cortejo fúnebre de Néstor Kirchner, pude percibir el verdadero dolor que aqueja a la Argentina el día de hoy.

No es la muerte de un “Gran Estadista” como lo llaman en todos los medios, ni la desaparición de un “Gran animal político”, no es la incipiente viudez de Cristina Fernández, ni la incertidumbre de la continuidad de su Proyecto Político.

El dolor de la Argentina que yo percibí no estaba en el ánimo de sus deudos, ni de sus miles de seguidores y acólitos.

Es más, podría afirmar que el dolor no estaba ni siquiera presente…

Lo que yo vi fue una gran manifestación de rabia, enojo, odio, rencor, impotencia, encarnada por una multitud de hombres y mujeres argentinos vociferantes, a quienes sus emociones mas primarias y rudimentarias los convierten en catalizadores de grandes procesos funcionales a los intereses de otros seres, no tan emocionales, sino muy racionales…

EL cortejo avanzaba precedido de grupos violentos que “barrían” la calle con sus violentos cantos, sus violentas expresiones, con sus violentos ademanes…

No respetaban al cordón de ciudadanos apostados a la vera de las Avenidas…

No respetaban a los móviles policiales de su propia custodia…Incluso los insultaban a su paso…

Militantes jóvenes, militantes obreros, militantes, militantes…. Pero todos violentos militantes…

Groserías, improperios, insultos transformados en canciones….


Sera esa la música elegida por Cristina Kirchner para acompañar el Descanso Eterno de su marido?

Triste imagen la de una mujer que se hace escoltar por grupos de enajenados, irracionales, para sentirse más fuerte…


Triste continuidad de un Proyecto en donde los prepotentes arrasan impunes.

Triste espectáculo montado para dejar que los diferentes Señores Feudales que forman su corte de Vasallos, tengan su momento de gloria ante las cámaras.

Se le rinde tributo no a un Gran Hombre, de grandes virtudes, como sugieren en canales y radios sino al Jefe de una Gran Pandilla.


Una pandilla de violentos, que por la fuerza han asaltado la vida institucional de la Republica, desconociendo y despreciando una y otra vez los mecanismos de la vida democrática argentina.

El realismo mágico latinoamericano transforma en dioses y próceres a cualquiera que haya logrado sus objetivos sin importar los medios utilizados…

Se rinde tributo al Poder en estas latitudes más que a nada ni a nadie…

Cristina acariciando una y otra vez el féretro de su marido es una metáfora difícil de soslayar...


Acariciar el poder frente a las multitudes, disponer que porción de ese Poder está dispuesta a compartir…

Habrá algún medio que publique la verdadera sensación que producía ese Cortejo fúnebre a su paso?

Se habla de Dolor.... Pero el verdadero dolor es ser testigo mudo de todo esto.

Dolor produce pensar que la Argentina con la cual soñamos muchos argentinos es hoy más que nunca una Utopía.

martes, 9 de noviembre de 2010

LOS INGREDIENTES DEL PLAN CFK 2011

El plan CFK 2011 o ‘Por siempre Néstor, Fuerza Cristina’ no contiene ningún misterio.

Además, su ejecución, a simple vista, no parece tan complicada.

Incluye la prolongación del ‘efecto mito’, la difusión continua de las cifras positivas de la economía y la puesta en evidencia del desconcierto que todavía domina a toda la oposición.

Es decir: desde el Peronismo Federal (PF), hasta la Unión Cívica Radical (UCR), pasando con la Coalición Cívica (CC) de Elisa Carrió y Proyecto Sur, la fuerza que lidera Fernando Pino Solanas.

Desde que tomó estado público, la desaparición física de Kirchner no dejó de beneficiar a la Presidente.

La manera cinematográfica en que fueron presentados los funerales y el último adiós contribuyeron a generar la equívoca impresión de que Kirchner podía tener el mismo peso en la historia que Eva Duarte, Juan Domingo Perón y Raúl Alfonsín.

La importante movilización juvenil cuyo protagonismo fue amplificado por el inteligente uso de los medios audiovisuales permitió a funcionarios como Gabriel Mariotto comparar las exequias de Kirchner con el emblemático 17 de octubre de 1945.

Desde la vereda de enfrente, en privado, el jefe de gobierno de la Ciudad consideró a la puesta en escena ‘una vergüenza’.

Además, criticó a dirigentes como Felipe Solá y a ciertos periodistas no oficialistas por haber ‘caído en la trampa’ de la ‘enorme manipulación que se está haciendo de la muerte de un hombre que le hizo mucho daño al país’.

‘No fue tan impresionante la despedida.

Se montó un Truman Show y se aprovechó el duelo para conseguir más votos’, se enojó ante sus partidarios.

¿Importa, diez días después de la muerte de Kirchner, calcular si fueron 50 mil o 200 mil las personas que fueron a despedirlo a la capilla ardiente montada en la Casa de Gobierno?

¿Importa determinar cuántos acudieron a la convocatoria en forma espontánea y cuántos lo hicieron en micros regenteados por organizaciones sindicales y políticas?

Para el Gobierno, generar la sensación de que se dio vuelta el país es clave para prolongar el estado de cosas, igual que lo fue estirar el efecto bicentenario y difundir encuestas truchas que por entonces lo hacían ganar a Kirchner en primera vuelta.

En este nuevo contexto, las apariciones públicas de CFK invocando la memoria de su esposo son, como diría la militancia K, funcionales al proyecto de reelección.

Para ilustrar lo efectivas que están resultando las apariciones de la Presidenta desde que enviudó, se deben destacar los primeros cinco minutos por cadena nacional y sus declaraciones en los actos públicos de la semana pasada.

Deberían ser analizados por los expertos en comunicación como piezas únicas en materia de mensajes políticos realizados en situaciones extraordinarias.

Las palabras entrecortadas por el principio de llanto, la confusión entre equipos de fútbol y partidos, el final abrupto y el hecho de que no lo haya repetido dieron al discurso en cadena de Cristina Fernández una ‘humanidad’ que antes no había mostrado.

Incluso hicieron pasar desapercibida a su irritante costumbre de corregir a todo el mundo, al aclarar que no era el momento ‘más difícil’ de su vida sino el ‘más doloroso’.

Además, sus repetidas referencias a ‘Él’, en alusión a su esposo, las apelaciones a su ‘presencia’ caminando ‘entre la gente’, mezclado entre la militancia y la idea de que a partir de ahora todo lo hará en honor a ese hombre ‘que se inmoló y dio la vida por la Argentina’ parecen darle a sus acciones un contenido y un sentido que nunca antes habían aparecido.

El kirchnerismo o como se llame el proyecto que la quiere transformar en candidata no gozará de un tiempo mejor que este.

Con la oposición entrampada en la prudencia que exige el duelo, con el periodismo crítico confundido y la sensación de que todo lo que toca se convierte en votos, la presidente tiene el mejor trampolín de su carrera.

En momentos como este, siempre es sano poner las cosas en su lugar, por más que parezca inconveniente.

Kirchner no era un santo, aunque sería injusto no reconocerle, entre otros logros, la revalidación de la autoridad presidencial, los cambios en la Corte, la anulación de la leyes de Obediencia Debida y Punto Final y la aplicación, junto a la Presidenta, de la Asignación por Hijo que impulsó parte de la oposición.

También sería bueno, una vez terminado el duelo, recordar que hay decenas de causas judiciales que siguen abiertas por presuntos actos de corrupción cometidos por hombres de su entera confianza.

Hombres que hoy lo lloran porque temen que con su muerte haya desaparecido, además, su garantía de impunidad.

Cuando pase el temblor, habrá que decir, también, que la fantasía del Kirchner que murió como un mártir, afectado por el asesinato de Mariano Ferreyra o luchando como su superhéroe contra las corporaciones es, por lo menos, muy difícil de comprobar.

Con la misma ligereza se podría decir, entonces, que Kirchner murió después de una discusión tremenda por poder y dinero con Hugo Moyano y horas antes de compartir cena y sobremesa con Lázaro Báez, a quien la justicia lo investiga para comprobar si era su testaferro.

¿La macroeconomía?

Bien, gracias.

Pero conviene no tirar mucho de la cuerda.

En la Argentina, la alta inflación puede convertirse en algo incontrolable en poco tiempo, y el retraso cambiario puede terminar en una corrida difícil de contener.

Lo mismo puede suceder con este tiempo de buenaventura oficial derivado de un hecho inesperado, doloroso y trágico.

Habrá que usar sintonía fina para no abrumar al volátil humor popular.

Un solo ejemplo puede servir para comprender la fragilidad del momento.

Si Cristina Fernández insiste en repetir su invocación al compañero que ya no está, es probable que muchos argentinos que hoy la comprenden empiecen a sospechar que detrás de su legítimo dolor está la intención de mantenerse en el poder y continuar los negocios de su marido.

Entonces, las encuestas de hoy resultarán más mentirosas que nunca.

lunes, 8 de noviembre de 2010

¿QUE CONINCIDENCIAS, NO ? TOTALMENTE SIONISTA !

En una reunión que convocó a hombres y mujeres de decisión de diversas áreas productivas de nuestro país, se deslizó a manera de encuesta casera la siguiente pregunta:

¿Se imaginan a un judío de Presidente?...

Y la respuesta por unanimidad fue negativa.

Ante la sorpresa de los preguntados por el tenor de la pregunta, se reiteró la pregunta, pero esta vez se cambió de género:

¿Se imaginan una judía de Presidente?...

Y la respuesta fue coincidente, pero el rechazo fue mucho más marcado, algunos agregaron 'ni loco' y otros (mayoritariamente mujeres) hicieron referencia a que después de ésta (por la bipolar Presidente), puede pasar cualquier cosa'.

Por último, la pregunta fue:

¿Uds. saben que la Presidente es judía?

La respuesta fue un largo silencio... hasta ir comprendiendo intuitivamente que Cristina Elisabet Fernández Wilhelm, siendo hija de vientre judío, es judía.

Luego de la tercera pregunta, luego del prolongado silencio, todos comenzaron a 'atar cabos' Wilhelm, Ezquenazi, Werthein, Elztain, Mindlin, Grobocopatel, Kunkel, Vervitsky, Capitanich, Alperovich, Fellner, Larcher, Manusovich, Scioli y una larga lista de quienes siendo hebreos que ahogan sistemáticamente a los sectores productivos del país y se encaminan hacia la hegemonía, habiéndose ya apoderado de segmentos estratégicos que van desde el Banco Hipotecario y los seguros (Elztain - Werthein), hasta los recursos energéticos (Ezquenazi-Werthein-Mindlin), pasando por las comunicaciones (Werthein), los negocios agroindustriales (Werthein - Ezquenazi - Grobocopatel), las importaciones masivas de China (Werthein) y el apoderamiento de tierras fiscales o campos hipotecados.Y atando cabos, comenzaron a entender porqué tanto odio a la Iglesia, el odio a los militares, el odio al campo, el odio a la clase media y el odio a todo aquel que les pueda descubrir (e impedir) el juego.

Esto no es una simple anécdota.

Esto demuestra que gente de alto nivel intelectual (como Ud.), desconoce o no quiere conocer, sobre quiénes 'supuestamente' lo van a representar.

Este desinterés en cuestiones de fondo explica la crisis que vivimos y la que se nos viene,:

Tenemos una judía de Presidente, que instaló la judería y masonería local, con la ayuda de la judería internacional, para mal de todos.

La independencia está en NOSOTROS, la Nación Argentina , la Criolla.

Es bueno saber a lo que nos tenemos que atener.

Y AHORA COMO MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES A TIMERMANN!!!!